Congreso sobre Lenguas Otomangues y Vecinas IX

En el COLOV-IX que se llevó acabo del 20 al 22 de abril del 2023, dentro de las actividades de este encuentro se presentó y difundió una propuesta de declaratoria con los principios bajo los cuales podemos guiar la investigación lingüística, actividades y proyectos que como investigadores e investigadoras realizamos con los conocimientos dentro y fuera de las comunidades mesoamericanas. Dicha declaratoria la compartimos ahora a través de esta página web, con el objetivo de difundir su contenido y generar retroalimentación a través de sus comentarios y/o sugerencias.

En el siguiente apartado puedes descargar el documento, leer y dejar tus sugerencias y/o comentarios. Si tienes una propuestas, referencias o materiales relacionados con esta temática puedes enviarlos al siguiente correo: colov@fahho.mx .

Carta Oaxaca

Una declaración de principios sobre la investigación lingüística y las comunidades mesoamericanas.

Las lenguas mesoamericanas existen gracias a la vida comunitaria de sus hablantes. El estudio lingüístico de estas lenguas implica entonces una relación entre investigadores, sus instituciones y las comunidades mesoamericanas. Como investigadores de las lenguas mesoamericanas adoptamos los siguientes principios para guiar nuestras investigaciones, actividades y proyectos:

    1. Principio de diligencia previa. Se debe entender el contexto local y los procesos comunitarios antes de iniciar cualquier investigación, actividad o proyecto con una comunidad. Esto incluye el sistema de autogestión de la comunidad en cuestión y cuáles son sus dinámicas y estructura interna de consulta, así como una comunicación con las autoridades comunitarias relevantes.
    2. Principio de consentimiento informado. Cualquier comunidad (según se expresa a través de sus autoridades), organización o persona que participa en investigaciones, actividades y proyectos debe recibir información completa y entendible acerca de los participantes, el propósito, la naturaleza, los resultados esperados (incluyendo el almacenamiento de los datos) y las posibles implicaciones de los mismos. Se entiende que el consentimiento informado es un proceso educativo, lo cual abarca todas las fases de la investigación, actividad o proyecto y que la comunidad o un participante puede retirarse del proyecto en cualquier momento.
    3. Principio de reciprocidad. Las comunidades, organizaciones y personas que participan en alguna investigación, actividad o proyecto tienen derecho de acceder, compartir y beneficiarse de los resultados. Los resultados deben ser accesibles a la comunidad.
    4. Principio de reconocimiento. Las comunidades, organizaciones y personas que participan en investigaciones, actividades y proyectos deben ser debidamente reconocidas si así lo desean. Asimismo, los académicos que tengan acceso a materiales en las comunidades deberán reconocer la autoría y procedencia de dichos materiales.

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